En las zonas forestales y zonas de influencia forestal (zona a menos de 400 m de zona forestal) desde el 1 de junio, y hasta el próximo 15 de octubre, queda PROHIBIDO:
- La realización de barbacoas.
- Quemas agrícolas.
- Realización de operaciones que puedan causar incendios ( uso desbrozadoras, motosierras, etc.).
- El paso de vehículos a motor a campo a través, cauces secos, vías pecuarias y pistas fuera de la red de carreteras.
Estando permitido el paso por:
- Servidumbres de pasos existentes.
- El acceso a instalaciones agrarias, industriales, empresariales y turísticas.
Para cualquier tipo de operación que se vaya a realizar y pueda ocasionar riesgo incendio es necesario solicitar autorización.