Uno de los requisitos exigidos para el cobro de Pago Básico en 2015 es el cumplimiento de ser Agricultor activo, no siendo considerado como tal aquel cuyas ayudas directas supongan más de un 80% del total de sus ingresos agrarios. Esta disposición no será de aplicación a los agricultores que perciban menos de 1.250 euros de ayudas directas al año.
Ante la consulta realizada al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de si se podían considerar las indemnizaciones del seguro como ingresos agrarios. Dicho Ministerio confirma que ante la falta de cosecha por algún daño en sus explotaciones, se podrá considerar como ingreso agrario la indemnización recibida por la cobertura de dichos daños por parte de los seguros agrarios y cumplir así con el requisito de ser Agricultor activo.
A continuación les mostramos la Carta del Ministro junto a la Contestación Subsecretario del Seguro Agrario y PAC.