El Reglamento Comunitario 640/2008 obligó a no incluir referencias sobre la acidez de un aceite en el etiquetado a no ser que se acompañe de otros parámetros físico-químicos de calidad, como el índice de peróxidos , K270, K232, y otros. De esta manera la acidez sola no debía de expresarse en la etiqueta.
Esto se debe a la confusión al consumidor por aceites de oliva virgen (refinados más una pequeña proporción de vírgenes) que publicitaban aceite de oliva 0,4º y 1º, sin una relación directa con la acidez. Recordamos que un acetite de oliva procede en su mayoría de aceite refinado y este es el procedente de los aceites lampantes que pasan por un proceso de refinación. En este proceso se le quita por procedimientos químicos el color, sabor, olor y acidez. Es decir, un aceite refinado no tiene acidez por que se la han quitado. Por tanto, nada que ver con un aceite virgen extra como puro zumo de aceituna en las mejores condiciones en donde la acidez si es parámetro de calidad de las aceitunas de las que procede.
Por ello, con buen criterio, se eliminó de las etiquetas esta indicación. Y si se muestra será con los demás parámetros físico químicos de calidad.